4ª PARTE
LVCENTVM XXV, 2006
SOBRE EL NOMBRE DE LA
CIUDAD IBÉRICA Y ROMANA DE VILLAJOYOSA Y LA UBICACIÓN DEL TOPÓNIMO ALONÍS/ALONAI/ALLON
Antonio
Espinosa Ruiz
Área Municipal de
Arqueología, Etnografía y Museos de Villajoyosa
Área de Arqueología,
Universidad de Alicante
En
la primera parte de este artículo, el autor presenta un resumen del mismo,
revisando la argumentación que en su día realizó en su Tesis doctoral.
El
municipium es considerado como una de las fórmulas más acabadas que Roma creó para
su aplicación en las provincias occidentales –esencialmente en las africanas y
en las hispanas–. En Lusitania hay yacimientos, poco importantes arqueológicamente,
que tienen categoría municipal, mientras que otros, con decenas de inscripciones,
esperan eternamente esta consagración, lo que llevó a P. le Roux (1990, 36) a afirmar
que el estatuto municipal se concedió sin rigor y al azar. Según este autor,
tanto en Lusitania como en Hispania algunas ciudades mencionadas como civitas o
res pública no han dado pruebas de su rango municipal: nada autorizaría, por
tanto, a establecer una relación causa-efecto automática entre ambos fenómenos.
La mayor parte de las ciudades de la Galia no tuvieron otro estatuto que el de
civitas, y sin embargo poseyeron duoviri, flamines, foro e incluso edificios de
espectáculos. En Irni, por ejemplo, había un teatro y un senado local antes de
su promoción a municipium en época Flavia. Según este investigador, el hecho de
pertenecer a la tribu Quirina no tiene más significado que el cronológico, como
prueba de que la ciudadanía fue obtenida con posterioridad al beneficium de
Vespasiano, pero no indica necesariamente un municipium, dado que, en una
ciudad con derecho latino no municipal, era necesario inscribir también a los nuevos
ciudadanos en alguna tribu. Para identificar a un municipium hace falta, según
Le Roux, encontrar explícitamente el propio término en la epigrafía (éste no es
por el momento nuestro caso). Concluye este autor afirmando que el estatuto de
oppidum Latinum constituía por sí mismo un reconocimiento político honorable, y
que sin su existencia previa no había municipalización posible (Le Roux, 1990,
40-43).
De
cualquier manera, hecha esta puntualización, se puede considerar esencialmente correcto
utilizar el término municipium para el núcleo de Villajoyosa (vid. Espinosa,
1996, 735- 736). La arqueología y la epigrafía demuestran que se trata de una
población privilegiada en el contexto regional (a la altura de las vecinas
Dianium o Lucentum), con magistrados (conocemos
un duumvir que fue también flamen), edificios públicos (un macellum del
que se conserva un epígrafe, e indirectamente un foro –en el que se debía
encontrar, probablemente, el pedestal de Q. Manlio Celsino– y un templo
dedicado al culto imperial –por la mención del flamen–), construcciones monumentales
(un gran depósito hidráulico de dos millones de litros en la partida de Torres,
la torre funeraria de Sant Josep, el recientemente descubierto monumento de
sillería de l’Almiserà o las termas monumentales de sillería que están saliendo
a la luz en la calle Canalejas –sin duda ubicadas en un contexto urbano–), un
denso poblamiento altoimperial con numerosas villae suburbanas y rústicas, un
destacado puerto marítimo con una gran área de almacenes costeros en la plaça
de Sant Pere y otras características de las ciudades con estatuto jurídico. Lo
realmente importante es la posesión de una categoría urbana, con todas sus
implicaciones, que en el caso del enclave romano de Villajoyosa nadie duda.
El
propio tipo de pedestal, pesado, honorífico, suele ser indicativo –como
decimos– de la existencia de una ciudad con categoría jurídica, puesto que
solían colocarse en lugares públicos urbanos, mientras que las placas
funerarias, a veces con texto muy similar, pueden aparecer también en villae
rusticae o incluso en el territorium de una ciudad distinta a la del
homenajeado (vid. Puerta y Stylow, 1985, 229 ss.).
Sobre
este pedestal se ha discutido la cuestión de una línea actualmente perdida, la cuarta,
en la que el CIL (II 3571, 958) recoge la información del llamado Anonymus
Montfauconii, desarrollándola [IIvir(o) III, fla], lo que nos daría un triple
duumvirato para este personaje.
La lectura de la
siguiente línea [mini III] no deja dudas sobre el triple desempeño de un
flaminado. Corell (1999, 183-184) opina que la lectura del Anónimo de
Montfaucon no es más que un desarrollo supuesto por su autor, y que la línea 4
falta desde que el epígrafe es conocido. Este autor afirma que la lectura II
vir III fla (aceptada por Rabanal y Abascal, 1985, 218 s., nº 54 y por Abad y
Abascal, 1991, 117-118, nº 63) es imposible por falta de espacio, pero una
restitución hipotética realizada por nosotros utilizando las mismas letras de
la inscripción deja bien claro que, por el contrario, este texto cabe
perfectamente en la línea 4 –incluso diríamos que da un mayor equilibrio a la
inscripción en el campo epigráfico–, con lo que no vemos motivo para restituir
una mención a un único duunvirato [II v(iro), fla], como propone Corell, y
dudar de la lectura del Anonymus. En cualquier caso, para la cuestión que aquí
nos ocupa, lo de menos es la cantidad de veces que Quinto Manlio Celsino desempeñó
el duumvirato: lo realmente significativo es el consenso existente en que la
línea perdida menciona este cargo político. En efecto, el flaminado era el
culmen del cursus honorum municipal, por lo que es de suponer que, con
anterioridad a este sacerdocio, Celsino debió haber alcanzado la
responsabilidad de duumvir.
La
repetición de cargos, de hecho, responde a lo reducido de las élites locales en
ciudades de pequeña entidad como la de Villajoyosa. Es bien sabido que la
promoción de homines noui era poco frecuente –aunque más habitual en las provincias
que en la propia Roma– (Abascal y Espinosa, 1989, 44).
También
la mensa de un macellum local, a la que hemos aludido más arriba, confirma la existencia
de una ciudad en el término municipal de Villajoyosa: de hecho, este tipo de
construcciones es propio de espacios de carácter público en un entorno urbano.
Distintas
razones nos hicieron proponer en nuestra Tesis doctoral (Espinosa 1996a, 735- 736)
que esta ciudad se ubicaba en la partida de Torres de Villajoyosa, en el
yacimiento que denominamos Torres I, junto al último tramo del río, y a escasa
distancia del monumento funerario conocido como Torre de Sant Josep, que
pertenecería, según aquella hipótesis, a una necrópolis urbana. El dato sobre
el lugar de hallazgo de la mensa del macellum aportado por Escolano, si fuera
correcto, dejaría pocas dudas al respecto, pero se trata de una indicación
vaga, que no nos parece, por sí sola, lo bastante sólida.
Otros
núcleos destacarían dentro de la propia llanura litoral de Villajoyosa: en
especial lo que interpretábamos (Espinosa, 1996, passim) como un probable vicus
portuario bajo la actual ciudad y otro agrícola unos kilómetros al interior,
cerca del propio río de Torres. Sin embargo, como veremos a continuación,
recientes hallazgos apuntan a que el núcleo urbano romano corresponde en
realidad con el yacimiento sobre el que se alza la actual ciudad de
Villajoyosa, y no con el asentamiento de la partida de Torres.
Puedes leer el artículo completo
en: http://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/28320/1/Lucentum_25.pdf
Las fotografías adjuntas
son:
1ª- Altar romano.
Actualmente en la iglesia de La Asunción de La Vila.
2ª- Mesa del mercado de la
ciudad romana de Allon. Ejemplar de estas características único conocido en
España. (La Vila Joiosa.
Arqueologia i museu. Museos Municipales en el MARQ).
3ª y 4ª- Fosa de la trinchera
del campamento militar romano que estaba ubicado en el lugar que ocupó el Cine
Olimpia.
Se
autoriza la reproducción de la información contenida en esta
publicación, siempre que la fuente sea citada.